martes, 19 de mayo de 2015

REQUISITOS DE LAS ESPECIALIDADES DEPORTIVAS PARA FORMAR PARTE DEL PROGRAMA OLÍMPICO

Pictogramas deportes olímpicos Río 2016
El programa de los Juegos Olímpicos es el conjunto de todas las competiciones de los Juegos Olímpicos establecido tras cada edición de los mismos por el COI. El programa se compone de disciplinas, modalidades y pruebas. Los deportes o disciplinas son regidas por las Federaciones Internacionales y la organización técnica de cada disciplina en los Juegos Olímpicos depende de ellas.

La selección de todos los deportes del programa, así como la determinación del criterio y condiciones de inclusión de un deporte en el programa [Carta Olímpica. Art. 47] es competencia de la Sesión del COI.

La Sesión del COI es la asamblea general de los miembros cooptativos del COI y constituye el órgano supremo del Comité Olímpico Internacional y sus acuerdos son definitivos.

Después de cada edición de los Juegos Olímpicos el COI revisa el programa y tiene la posibilidad de modificar el criterio de inclusión de especialidades, modalidades y pruebas conforme a los límites que establezca la Carta Olímpica [Art. 48.2]. Los órganos competentes del COI pueden proponer la votación de inclusión o exclusión de especialidades, modalidades y pruebas.

Antes de la toma de una decisión por parte del COI sobre el establecimiento del programa de una edición de los Juegos Olímpicos, las Federaciones Internacionales que rigen los deportes cuya inclusión en el programa se propone deben confirmar al COI su participación en dicha edición de los Juegos Olímpicos.

La sesión es el órgano supremo del COI y tiene
la potestad de configurar el programa olímpico
La inclusión de una disciplina o deporte en el programa de una edición de los Juegos Olímpicos se decidirá como muy tarde en la Sesión que elige la ciudad sede de los Juegos Olímpicos en cuestión, es decir, siete años antes de su participación. Esto significa que la sede es elegida con el programa olímpico cerrado.

Antes de una decisión relativa a la inclusión de un deporte en el programa, la Sesión puede establecer un criterio o condiciones de inclusión específicas. La Sesión del COI está facultada a excluir en cualquier momento un deporte del programa si la Federación Internacional correspondiente no se ajusta a la Carta Olímpica o al Código mundial antidopaje.

Los deportes incluidos en el programa se componen de un núcleo de deportes principales y de deportes adicionales. El núcleo se compone de por lo menos 25 deportes escogidos por la Sesión a propuesta de la comisión ejecutiva del COI entre los deportes regidos por las respectivas Federaciones Internacionales Olímpicas.

El golf volverá a los JJOO tras haber sido
deporte olímpico en 1900 y 1904

A propuesta de la comisión ejecutiva del COI, la Sesión puede escoger uno o varios deportes que no hubieran sido incluidos en el núcleo, así como entre los deportes regidos por Federaciones Internacionales reconocidas por el COI.

El número total de deportes adicionales escogidos por la Sesión para el programa más el núcleo principal no podrá ser superior a 28 deportes.

La Sesión tiene la potestad de votar la inclusión de deportes adicionales de forma conjunta o bien a través de votaciones individuales adoptándose siempre la decisión por mayoría de los votos emitidos.

Las Federaciones Internacionales a su vez adoptarán estrategias para lograr la selección como modernizarse, abaratar costes, favorecer su popularización o hacer campañas activas a favor de la admisión.

Como condiciones básicas para ser deporte olímpico, entre otras, se establecen las siguientes:(1)

El BMX hizo su debut olímpico en Pekín 2008
como modalidad del ciclismo
1. Debe tener una Federación Internacional que gobierne el deporte, plantee las reglas y organice sus competiciones internacionales.
2. Debe ser practicado al menos en 75 países de cuatro continentes si es deporte masculino, al menos en 40 países de tres continentes si es deporte femenino, y en 25 países de tres continentes si es deporte de invierno.
3. Debe tener un campeonato mundial.
4. No debe depender de propulsión mecánica. Quedan por tanto excluídos todos los deportes de motor.
5. Debe ser un deporte reconocido por el Comité Olímpico Internacional.
6. Debe aplicar el código mundial antidopaje.
7. Debe ser aprobado por más de 2/3 de los miembros del COI.

A pesar de estar presente en todos los JJOO desde 1896
la lucha es una de las especialidades amenazadas de salir
del programa olímpico
Otros requisitos complementarios que exige el COI son la vinculación a la juventud, popularidad, atractivo, que se integre en cualquier ciudad candidata, que cumpla con la paridad.

El rugby y el golf se incluyeron el 9 de octubre de 2009 como deportes olímpicos para los Juegos de 2016 y 2020, quedando el programa definitivo formado por los 28 deportes siguientes:

Atletismo, Bádminton, Baloncesto, Balonmano, Boxeo, Ciclismo, Esgrima, Equitación, Fútbol, Gimnasia, Golf, Halterofilia, Hockey, Judo, Lucha, Natación, Pentatlón moderno, Piragüismo, Remo, Rugby, Taekwondo, Tenis, Tenis de mesa, Tiro, Tiro con arco, Triatlón, Vela y Voleibol.


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(1) Carta Olímpica. Art. 47.1


Referencias:
http://www.olympic.org
http://www.rio2016.com/es
http://www.sports-reference.com/olympics/
http://educacionfisicaculturafisica.blogspot.com.es/2012/10/la-carta-olimpica.html


Entrada elaborada por: Roberto Gesteira / Emmanuel Luque.















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